Circular sobre la cancelación de las operaciones de préstamo formalizadas por las entidades locales con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores en aplicación del art. 3 del Real Decreto - ley 8/2014

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha emitido la Circular sobre la aplicación del art. 3 del Real Decreto - ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Se trata de la regulación de la regulación de la cancelación de las operaciones de préstamo formalizadas por las entidades locales con el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.

La Circular establece las características de la operación, la documentación a aportar y los efectos sobe el plan de ajuste.

Texto de la Circular

 

 

 

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