ISSN: 2695-4621
Resolución de 11 de enero de 2019, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan acciones formativas en materia de seguridad de las tecnologías de la información y la comunicación, en colaboración con el Centro Criptológico Nacional (15/1/2019)
RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2018 por la que se convoca el curso monográfico La planificación estratégica como método de gestión pública (DOG 10/1/2019)
Entrevista a Octavio Granado, Secretario de Estado de la Seguridad Social
Rejuvenecer las plantillas de policía local con unos plazos anuales y ordenados es el objetivo del Real Decreto que entró en vigor ayer, 2 de enero de 2019. La anticipación de la edad para el retiro de los agentes se ha hecho real y ha dado cumplimiento a una demanda de Ayuntamientos y profesionales. Desde la Secretaría de Estado de la Seguridad Social su titular, Octavio Granado, desgrana los pormenores en declaraciones a Carta Local.
-¿Por qué ha tardado tanto en llegar la norma que hace posible la jubilación anticipada de los agentes locales?
-El Real Decreto que regula la anticipación de la jubilación de los policías locales da cumplimiento a una reivindicación largamente reiterada desde las corporaciones locales y desde los diferentes sindicatos y plataformas representantes del colectivo, y ha recibido de forma mayoritaria el apoyo de los grupos parlamentarios.
Decretos como éste suelen tramitarse en dos años, y el tiempo de esta iniciativa ha sido casi el doble. El Gobierno actual, consciente de la demora en el proceso de aprobación de la norma, ha agilizado en pocos meses y, con la mayor diligencia, los plazos para que, desde el primer día hábil de este nuevo año 2019, sea ya un derecho para el colectivo de Policías Locales.
En todo caso, la demora denunciada por los representantes sindicales por las continuas dilaciones que ha soportado este requerimiento, se produjo en la anterior etapa de Gobierno y debe ser respondida por quienes participaron en la primera fase del procedimiento, que se retrasó varios años.
-En este momento ¿qué han de hacer los Ayuntamientos para que sea posible la jubilación anticipada de aquéllos agentes que lo deseen?
-Los Ayuntamientos deben realizar de forma ordenada la renovación de la plantilla y, por tanto, deber tener una previsión de las vacantes que se vayan a producir cada año con suficiente antelación. Los Ayuntamientos españoles han mostrado su interés en incorporar nuevos efectivos y llevar a cabo una estrategia de formación de sus equipos y, para ello, requieren de plantillas con una proyección profesional de largo recorrido.
-¿Y los agentes? ¿Qué proceso han de seguir a partir de ahora?
-Los agentes que deseen jubilarse deben comunicarlo a su Ayuntamiento y tramitar su jubilación como cualquier otro afiliado. El nuevo decreto establece que los agentes que tengan derecho e intención de jubilarse de forma anticipada, deben comunicarlo antes del 31 de enero de cada año a sus corporaciones para que estas puedan anticipar la convocatoria para reponer las plazas necesarias. Desde el 2 de enero de 2019, los policías locales podrán adelantar su jubilación el tiempo que resulte de aplicar un coeficiente reductor del 0,20% al número de años que hayan trabajado como policías locales. La edad ordinaria de jubilación no podrá anticiparse más de 5 años, que podrán llegar a 6 si se acreditan 37 años de actividad efectiva y cotización. Por tanto, se podría anticipar la jubilación hasta los 59 años en el mejor de los casos. Además, deben tener un mínimo de 15 años cotizados efectivamente como policías locales
-En su opinión ¿los plazos son los adecuados para mantener el nivel de seguridad en las ciudades?
-Los agentes que se jubilen son los más veteranos, y en la mayor parte de los casos su trabajo estaba orientado a funciones menos intensas en el mantenimiento de la seguridad. Pero es verdad que las juntas locales de seguridad tendrán que coordinar mejor el trabajo de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado con las policías locales, y el Gobierno de España ha garantizado en este sentido su plena colaboración.
Pero en definitiva, este decreto largamente reivindicado tiene como objetivo central que los Ayuntamientos puedan acelerar el proceso de rejuvenecimiento de las plantillas de policía local con unos plazos anuales y ordenados.
Fuente: FEMP
Pese al déficit que tiene el conjunto del sector público desde 2009, las administraciones tienen 85.000 millones de euros depositados en los bancos al 0%
Los tipos al 0% ahuyentan a muchos ahorradores de los depósitos, pero no a comunidades autónomas y ayuntamientos obligados a tener parte del superávit parado. Las administraciones públicas han incrementado un 56% el dinero en depósitos bancarios desde 2016, según estadísticas del Banco de España, gracias al récord de la suma de las corporaciones regionales y locales, que rozan ya los 50.000 millones de euros.
En concreto, el sector público aumentó en noviembre un 13% el dinero depositado en la banca respecto a octubre, hasta alcanzar los 84.900 millones de euros, según los últimos datos del Banco de España. El incremento es del 21% en términos interanuales, y alcanza ya el 56% si se compara con el cierre de 2016, cuando se situó en 54.400 millones.
Esta hucha de las administraciones crece pese a que el Estado central mantiene su cifra prácticamente constante en los últimos tres años, en torno a los 14.000 millones de euros, después de reducirse en dos tercios desde 2015. Sin embargo, el Gobierno lleva desde 2008 sin cerrar un ejercicio con superávit, algo que sí le ocurre a muchos ayuntamientos y algunas comunidades que tienen limitaciones para usarlo por la regla de gasto.
Es por ello que aumentan los depósitos, pese a que su remuneración es del 0% en la mayoría de los casos. Es más, los expertos no descartan que puedan tener penalización, como ocurre a lo largo de la Zona Euro para muchos ahorradores institucionales, puesto que a los bancos el Banco Central Europeo (BCE) les cobra un 0,4% por el dinero que tienen aparcado en Fráncfort. Dicho de otra manera, si la política monetaria no cambia, ayuntamientos y comunidades podrían tener que pagar a los bancos por su superávit.
Superávit que no se puede gastar
Por ahora, es un activo sin gasto ni remuneración. La recuperación económica ha traído consigo esta anomalía según la cual los gobiernos con superávit fiscal dejan el dinero parado sin aumentar su gasto público ni amortizar deuda, obligados por la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de 2012 e incentivados por las penalizaciones que acarrearía amortizar deuda.
El ejemplo más claro son los ayuntamientos, que en el tercer trimestre tenían aparcada en los bancos una cifra récord de 27.200 millones. Están siendo las administraciones públicas que más contribuyen a la reducción de los desajustes fiscales, y a que España pueda salir del procedimiento de déficit excesivo (si baja del 3% del PIB) para reducir la vigilancia europea. En 2017 terminaron con un superávit del 0,59% del PIB, frente al agujero del resto de administraciones, especialmente el Estado, con un déficit del 1,9% del PIB.
La ley de 2012 establece una regla de gasto según la cual este no puede aumentar por encima de una ratio prefijada que depende de la estimación del crecimiento de la economía española durante los tres ejercicios siguientes. Así, en una época de expansión, los ayuntamientos se encuentran con una recaudación que aumenta por encima de los niveles a los que pueden elevar su gasto público, especialmente en los municipios con mayor dinamismo.
Esto le sucede por ejemplo a Madrid, que protagonizó un enfrentamiento con el ex ministro de Hacienda Cristóbal Montoro, que derivó en que Carlos Sánchez Mato dejó de ser concejal de Hacienda cuando el Ayuntamiento de Manuela Carmena dio su brazo a torcer. Madrid finalizó 2017 con un superávit de 1.220 millones de euros —cerca de una cuarta parte del presupuesto—, y ha ido incrementando el dinero en depósitos bancarios hasta los 1.700 millones al 0%. Este año está previsto que también finalice con saldo positivo, aunque menor que el ejercicio anterior, con lo que seguirá aumentando este activo ante la limitación para gastar más, y sin amortizar deuda por la penalización que tiene.
En concreto, Madrid tiene en torno a 2.700 millones de deuda, pero no ha usado el superávit para reducir este apalancamiento. Principalmente, porque más de la mitad tiene derivados 'swaps' aparejados que implicarían un coste de 400 millones de euros adicionales en caso de cancelarlos, explica Sánchez Mato, actualmente coordinador de políticas económicas de Izquierda Unida. También existiría la opción de amortizar deuda pero no los intereses —en torno a 65 millones al año— ni los derivados, pero a efectos contables supondría que el ayuntamiento sigue apalancado en la misma cuantía.
Por el contrario, también hay ayuntamientos sin deuda que no tienen posibilidad de gastar gran parte de su superávit, como le ocurre a Bilbao. Mientras que las comunidades autónomas han ido mejorando su posición fiscal y empiezan a encontrarse con el mismo problema. Los gobiernos regionales acabaron 2017 con un déficit del 0,32% del PIB, y cuatro tuvieron superávit, País Vasco, Navarra, Canarias y Baleares.
Las comunidades alcanzaron en el tercer trimestre el montante de 20.400 millones en depósitos, máximo en este caso desde 2008, antes del inicio de la crisis que derivó en la Gran Recesión. Este dato se incrementó en términos interanuales un 13%, y lleva una tendencia de crecimiento en los últimos años a medida que la recuperación económica eleva la recaudación —y el dinero que 'reparte' el Estado— que amenaza con continuar aumentando el volumen aparcado en los bancos. Y todo, por un 0% de remuneración.
Fuente: El Confidencial
ORDEN PRE/1385/2018, de 13 de diciembre, por la que se publican las actividades formativas incluidas en el plan de formación de la Escuela de Administración Pública de Castilla y León y en el plan de formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales para el año 2019 (BOCYL 1/1/2019)