ISSN: 2695-4621
Abel Caballero reitera la urgencia de la modificación legislativa para despejar la inseguridad jurídica que afecta a los ciudadanos. La propuesta de Hacienda se basa en la alternativa que ofreció la FEMP
La Junta de Gobierno de la FEMP, una vez que ha tenido conocimiento de que Hacienda ya dispone de una propuesta de modificación del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía), basada en las alternativas remitidas por la Federación, exige la máxima celeridad en su tramitación legislativa para “despejar la inseguridad jurídica y adecuar con rapidez la nueva normativa a la sentencia del Tribunal Constitucional”. Abel Caballero ha añadido que “valoramos positivamente la intención del Ejecutivo, sobre la que opinaremos al detalle en cuanto la estudiemos aunque sabemos que se sustenta en las alternativas que le proporcionamos, y exigimos que la tramitación parlamentaria se realice con urgencia”.
Respecto al techo de gasto, la Junta de Gobierno de la FEMP ha remitido al Gobierno los nombres de sus representantes para el grupo de expertos que estudiará su modificación. Una vez complementado este trámite, la Federación solicita la reunión inmediata del mismo. Caballero ha afirmado que “hay que modificar la regla del techo de gasto porque, tal y como está actualmente, limita a las Entidades Locales llevar a cabo políticas sociales para atender a los ciudadanos más necesitados”. Los representantes de la FEMP en el Grupo de Expertos son los Alcaldes de Huelva, Gabriel Cruz; de Fuenlabrada, Manuel Robles; de Mieres, Aníbal Vázquez; de Badajoz, Francisco Fragoso; y la Alcaldesa de Cáceres, Elena Nevado.
Finalmente, la Junta de Gobierno de la FEMP, de cara a la posible aprobación de los Presupuestos Generales del Estado para 2018, plantea al Gobierno la necesidad de eliminar las actuales restricciones a la reinversión del superávit de las Entidades Locales. En concreto, la FEMP propone que el destino de ese superávit no quede limitado a inversiones financieramente sostenibles.
Fuente: FEMP
Corrección de errores de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 (BOE 12/7/2017)
La corrección afecta al art. 107 de la LPE/2017 en materia de cotización a derechos pasivos y a las Mutualidades Generales de Funcionarios para el año 2017 y supone la modificación de las previsiones en cuanto a la fecha a la que queda referida el incremento del 0,25% a efectos de haberes pasivos, que pasa a ser el 1 de enero de 2017 (en lugar del 1 de julio de 2017).
El precepto queda redactado en los siguientes términos:
Artículo 107. Cotización a derechos pasivos y a las Mutualidades Generales de Funcionarios para el año 2017.
Uno. Con efectos desde el día primero del mes siguiente a la entrada en vigor de la presente norma de 1 de enero de 2017, los tipos de cotización y de aportación del Estado al Régimen Especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, gestionado por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) a que se refiere el Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, para la financiación de las prestaciones a que se refiere el artículo 12, salvo la indicada en el párrafo h), de la citada disposición, serán los siguientes:
1. El porcentaje de cotización de los funcionarios en activo y asimilados integrados en MUFACE, se fija en el 1,69 por ciento sobre los haberes reguladores establecidos para el año 2016 a efectos de cotización de Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento.
2. La cuantía de la aportación del Estado, regulada en el artículo 35 del Real Decreto Legislativo 4/2000, representará el 6,67 por ciento de los haberes reguladores establecidos para el año 2016 a efectos de cotización de Derechos Pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del 6,67, el 4,10 corresponde a la aportación del Estado por activo y el 2,57 a la aportación por pensionista exento de cotización.
Dos. Con efectos desde el día primero del mes siguiente a la entrada en vigor de la presente norma de 1 de enero de 2017 los tipos de cotización y de aportación del Estado al Régimen Especial de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, gestionado por el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), a que se refiere el Real Decreto Legislativo 1/2000, de 9 de junio, para la financiación de las prestaciones a que se refiere el artículo 9, salvo la indicada en el párrafo f), de la citada disposición, serán los siguientes:
1. El porcentaje de cotización y de aportación del personal militar en activo y asimilado integrado en el ISFAS se fija en el 1,69 por 100 sobre los haberes reguladores establecidos para el año 2016 a efectos de cotización de derechos pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento.
2. La cuantía de la aportación del Estado regulada en el artículo 30 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2000, representará el 10,47 por 100 de los haberes reguladores establecidos para el año 2016 a efectos de cotización de derechos pasivos, incrementados en un 0,25 por ciento. De dicho tipo del 10,47, el 4,10, corresponde a la aportación del Estado por activo y el 6,37 a la aportación por pensionista exento de cotización.
Resolución de 26 de junio de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de los premios anuales «Educaciudad» a los municipios distinguidos por su compromiso con la educación en Andalucía para el año 2017 (BOJA 11/7/2017)
El pasado día 7 de Julio se han presentado los Resultados del ÍNDICE DE TRANSPARENCIA DE LOS AYUNTAMIENTOS (ITA) 2017, elaborado por Transparencia Internacional España, acto en el que han participado tres miembros del Consejo Directivo de TI-España: D. Jesús Lizcano (Presidente) D. Jesús Sánchez-Lambás, y D. Manuel Villoria.
Este Índice, que ha llegado a su sexta edición, mide el nivel de transparencia de los 110 mayores Ayuntamientos de España, a través de un conjunto integrado de 80 indicadores, relativos a las seis Áreas de transparencia siguientes: a) Transparencia activa e Información sobre la Corporación municipal; b) Relaciones con los ciudadanos y la sociedad, y participación ciudadana; c) Transparencia económico-financiera; d) Transparencia en las contrataciones, convenios, subvenciones y costes de los servicios; e) Transparencia en materias de Urbanismo, obras públicas y medioambiente; f) Derecho de acceso a la información. De esta forma, se han presentado los resultados obtenidos por los Ayuntamientos tanto a nivel de transparencia global, como en cada una de las seis áreas citadas. También se han presentado los resultados segmentados por Comunidades Autónomas, por Grupos de tamaño de los municipios, por Género de mandatarios, o por su Capitalidad o no de provincia.
Acceso a la información completa del ITA: ITA 2017
Fuente: http://transparencia.org.es
RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2017, del Director del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se convocan diversos cursos de formación correspondientes al Plan de Formación del año 2017 (BOA 10/7/2017)
RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2017, del Director del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se convocan diversos cursos de formación correspondientes al Plan de Formación del año 2017 (BOA 10/7/2017)