ISSN: 2695-4621

Por Víctor Almonacid
Dedicado especialmente a las personas que defienden, por increíble que parezca, que todo esto entra en vigor a finales de 2018.
1. PARTICIPACIÓN ELECTRÓNICA.
Norma: Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local.
Obligación: las entidades locales y, especialmente, los municipios, deberán impulsar la utilización interactiva de las tecnologías de la información y la comunicación para facilitar la participación y la comunicación con los vecinos, para la presentación de documentos y para la realización de trámites administrativos, de encuestas y, en su caso, de consultas ciudadanas.
Pendiente desde: 1 de enero de 2004.
2. EFECTIVIDAD DE LOS DERECHOS ELECTRÓNICOS DE LOS CIUDADANOS.
Norma: Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
Obligación: Los derechos reconocidos en su artículo 6 podrán ser ejercidos en relación con todos los procedimientos y actuaciones Municipales.
Pendiente desde: 31 de diciembre de 2009.
3. IMPLANTACIÓN DE UN REGISTRO ELECTRÓNICO.
Norma: Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio.
Obligación: establece la necesidad de implantar el Registro electrónico, reformando la Ley 30/92
Pendiente desde: julio de 2011.
4. PROGRAMA DE IMPLANTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA.
Norma: Ley 2/2011 de Economía Sostenible
Obligación: Las Comunidades Autónomas y las Entidades integradas en la Administración Local en las que no puedan ser ejercidos a partir del 31 de diciembre de 2009 los derechos reconocidos en el artículo 6 de la Ley 11/2007, deberán aprobar y hacer públicos los programas y calendarios de trabajo precisos para ello, atendiendo a las respectivas previsiones presupuestarias, con mención particularizada de las fases en las que los diversos derechos serán exigibles por los ciudadanos.
Pendiente desde: Septiembre de 2011.
5. PLAN DE AJUSTE.
Norma: RD-ley 4/2012 (1ª fase mecanismo de pago a proveedores y ampliación); RD-ley 4/2013 (2ª fase mecanismo de pago a proveedores); RD-ley 8/2013 (3ª fase mecanismo de pago a proveedores.
Obligación: Remisión de información (relación certificada de todas las obligaciones pendientes de pago) y aprobación del Plan de ajuste, con adopción de medidas organizativas tendentes a la implantación de un funcionamiento electrónico.
Pendiente desde: 31 de marzo de 2012.
6. COMPETENCIAS “PROVINCIALES” EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA.
Norma: Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL).
Obligación: Prestación de los servicios de administración electrónica y la contratación centralizada en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes (art. 36.1.g LBRL)
Pendiente desde: 31 de diciembre de 2013.
7. PARTICIPACIÓN 2.0.
Norma: LRSAL
Obligación: Promoción de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Pendiente desde: 31 de diciembre de 2013.
8. IMPLANTACIÓN DEL ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD.
Norma: Real Decreto 3/2010 por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad
Obligación: cumplimiento de lo establecido en el citado Reglamento.
Pendiente desde: 30 de enero de 2014
9. IMPLANTACIÓN DEL ESQUEMA NACIONAL DE INTEROPERABILIDAD.
Norma: Real Decreto 4/2010 por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad
Obligación: cumplimiento de lo establecido en el citado Reglamento.
Pendiente desde: 30 de enero de 2014
10. ICAL.
Norma: Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba la nueva Instrucción del modelo normal de contabilidad local.
Obligación: Adaptación de la contabilidad a la ICAL, para lo cual es necesaria la correspondiente integración informática.
Pendiente desde: 1 de enero de 2015.
11. FACTURA ELECTRÓNICA.
Norma: Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público; Orden HAP 492/2014; Orden HAP 1074/2014; Resolución SE AAPP de 25 de junio de 2014; Resolución SE AAPP de 10 de octubre de 2014.
Obligación: facturación electrónica de los proveedores, en los términos previstos en las normas reguladoras.
Pendiente desde: 15 de enero de 2015.
12. TABLÓN EDICTAL ÚNICO
Norma: Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.
Obligación: Configurar un Tablón Edictal Único a través del “Boletín Oficial del Estado”. A partir de ese momento, los anuncios de notificación que realice cualquier Administración Pública cuando los interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar o el medio de la notificación, o bien intentada esta, no se hubiese podido practicar, deberán publicarse necesariamente en el BOE. Previamente, y con carácter facultativo, las Administraciones podrán publicar el anuncio en los boletines territoriales o en los tablones de anuncios existentes.
Pendiente desde: 1 de junio de 2015.
13. IMPLANTACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ELECTRÓNICO.
Norma: Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (en la cual el procedimiento electrónico no es obligatorio, solo es “mejor”).
Obligación: Eliminación progresiva del procedimiento en papel o del papel en el procedimiento.
Pendiente desde: 31 de diciembre de 2009, en relación con los derechos electrónicos de los ciudadanos, si bien la obligatoriedad absoluta se puede predicar desde 2 de octubre de 2015.
14. PUBLICIDAD ACTIVA Y DERECHO A LA INFORMACIÓN.
Norma: Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Obligación: “Los órganos de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales dispondrán de un plazo máximo de dos años para adaptarse a las obligaciones contenidas en esta Ley” (esencialmente cumplir con el principio de publicidad activa y articular el derecho de los ciudadanos al acceso a la información, ambos con un fuerte componente “electrónico”).
Pendiente desde: 10 de diciembre de 2015.
15. LICITACIÓN ELECTRÓNICA.
Norma: DIRECTIVA2014/24/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (aún pendiente de transposición).
Obligaciones y plazos máximos:
En 2016, ya era obligatorio que todas las administraciones públicas españolas se comuniquen con sus licitadores a través de la notificación electrónica, y que todos los pliegos administrativos estén disponibles de manera online.
Durante este primer trimestre de 2017, todas las centrales de compras deberán haber implantado un sistema de licitación electrónica que permita el envío y recepción de ofertas de forma segura y confidencial.
El último paso se dará en el último trimestre de 2018, momento en el que la licitación electrónica será completamente obligatoria para todas las administraciones públicas de los Estados miembro de la UE. ¿Ya lo es? Algunos defendemos que sí (véase Anexo).
16. SUMINISTRO DE INFORMACIÓN AL MINHAP POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.
Norma: (entre otras) Orden HAP 2082/2014 de 7 de Noviembre, por la que se modifica la Orden HAP 2105/2012, de 1 de Octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley de estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, Resolución de 19 de febrero de 2015, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local.
Obligación: Diversas obligaciones relativas a la remisión de información.
Plazo: la normativa establece diferentes plazos.
Fuente: nosoloaytos.wordpress.com
El Consejo de Ministros, según se acordó en la Conferencia de Presidentes, ha autorizado la creación de las dos Comisiones de Expertos que revisarán el modelo de financiación autonómica y el modelo de financiación local, con el objetivo de dar un fuerte impulso al proceso de actualización de los actuales Sistemas de Financiación. La misión de ambas comisiones será la revisión y análisis de ambos sistemas para la formulación posterior de dos nuevos modelos que se fundamenten en los principios de solidaridad, suficiencia, equidad, transparencia, corresponsabilidad fiscal y garantía de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos.
- Su misión será la formulación de dos nuevos sistemas de financiación que se fundamenten en los principios de solidaridad, suficiencia, equidad, transparencia, corresponsabilidad fiscal y garantía de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos
- Ambas comisiones estarán compuestas por profesionales independientes de reconocido prestigio. En la autonómica, propuestos por el Estado, las CCAA y las Ciudades con Estatuto de Autonomía; en la local, por el Estado y la Federación Española de Municipios y Provincias
- Los acuerdos contemplan que las dos comisiones rindan un informe final en el plazo de seis meses
10 de febrero de 2017.- Las dos comisiones, cuya primera reunión tendrá lugar de forma inmediata, estarán compuestas por profesionales independientes de reconocido prestigio propuestos, en el caso del modelo de financiación autonómica, por las propias Comunidades Autónomas, Ciudades con Estatuto de Autonomía (Ceuta y Melilla) y el Estado; y en el caso del modelo de financiación local, por la Administración General del Estado y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), en tanto asociación representativa de las Entidades Locales con mayor implantación en el ámbito nacional.
Los dos acuerdos prevén que sea el propio presidente de la Comisión de Expertos el que defina el calendario de las sesiones, fije el orden del día, dirija los debates y decida sobre aquellas cuestiones que se consideren necesarias para garantizar el buen funcionamiento de la Comisión.
Una vez finalizados los trabajados desarrollados por ambas Comisiones, quedarán acordadas las conclusiones finales de cada una de ellas en relación con los asuntos sobre los que debe pronunciarse.
Por otro lado, los acuerdos contemplan que la comisión correspondiente rinda un informe final en el plazo de seis meses. Una vez aprobado, será remitido, en el caso de la autonómica, al Comité Técnico Permanente de Evaluación y al Consejo de Política Fiscal y Financiera; y en el caso de la local, a la Comisión Nacional de Administración Local para su valoración y, en ambos, para la continuación del desarrollo de los trabajos propios de los procesos de reforma con el objetivo de alcanzar sendos acuerdos sobre una nueva financiación autonómica y local.
La naturaleza de ambas Comisiones de Expertos será la de un órgano colegiado según lo previsto en el artículo 22.3 de Ley 40/2015, de 1 de octubre y su funcionamiento no supondrá incremento de gasto público.
Finalmente, las dos comisiones se considerarán extinguidas una vez cumplidos los objetivos y, en todo caso, una vez entregado el mencionado informe final.
COMISIÓN DE EXPERTOS:
- A propuesta de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía y a propuesta del Estado:
Presidente: Manuel González Sánchez (Estado)
Estado: Natividad Fernández Gómez, Ángel de la Fuente Moreno, María Antonia Monés Farré, Manuel Lagares Calvo
CCAA y ciudades autónomas: Santiago Lago Peñas (Galicia), Francisco David Adame Martínez (Andalucía), Carlos Monasterio Escudero (Principado de Asturias), Juan Manuel Rodríguez Poo (Cantabria), Juan José Rubio Guerrero (La Rioja), José Carlos Sánchez de la Vega (Región de Murcia), Francisco Pérez García (Comunitat Valenciana), Alain Cuenca García (Aragón), Jesús Fernando Santos Peñalver (Castilla La Mancha), Arturo Melián González (Canarias), Francisco Pedraja Chaparro (Extremadura), Guillem López Casasnovas (Illes Balears), Jorge Onrubia Fernández (Madrid), Jaime Rabanal García (Castilla y León), Miguel Ángel Pérez Castro (Ciudad Autónoma de Melilla), Joaquín Aranda Gallego (Ciudad Autónoma de Ceuta).
- A propuesta de la Administración General del Estado y de la Federación Española de Municipios y Provincias.
Presidenta: Ana Muñoz Merino (Estado)
Estado: José Antonio Sánchez Galiana, Daniel Carrasco Díaz, Alfonso Utrilla de la Hoz, Ángel de la Fuente Moreno
FEMP: César Martínez Sánchez, Javier Suárez Pandiello, Juan José Rubio Guerrero, Pablo Chico de la Cámara.
Fuente: Inap.es
Resolución de 6 de febrero de 2017, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan itinerarios formativos centralizados para el año 2017 (BOE 8/2/2017)
Requisitos de los participantes.
Podrá solicitar la asistencia a los cursos convocados el personal al servicio de las Administraciones públicas, preferentemente el de Administración local, que cumpla los requisitos exigidos en el apartado de destinatarios de cada uno de los cursos.
Especialista en costes y sostenibilidad de los servicios públicos locales
Directivos y técnicos del área económica y funcionarios del cuerpo de habilitados nacionales
Especialista en haciendas locales
Funcionarios de Administración local con habilitación de carácter estatal pertenecientes a las subescalas de Intervenció-Tesorería y Secretara-Intervención
Expertos y responsables locales de todo el mundo reivindican la transparencia y el gobierno abierto como mecanismo de legitimación
La transparencia en la gestión y el Gobierno Abierto son los mejores mecanismos para hacer frente a la corrupción, una preocupación que, en España se sitúa por delante de la generada por el desempleo, y que en el resto del mundo también ocasiona graves problemas de desconfianza y desafección hacia las instituciones. Así lo ha manifestado esta mañana, el Alcalde de Soria, Carlos Martínez, Vicepresidente europeo de la organización municipalista mundial Ciudades y Gobiernos Locales Unidos (CGLU), y por la tarde, el Secretario General de la FEMP, Juan Avila, y las representantes de la Fiscalía General del estado y del Ministerio de Hacienda, María de las Heras y María Pía Junquera, respectivamente, en las mesas de apertura de los Diálogos sobre Transparencia y Gobierno Abierto, que se están celebrando hoy en la sede de la FEMP, y que ha sido organizada por ésta y ONU-Habitat, con la colaboración de la Plataforma Uraia.
Carlos Martínez, que ha participado en la mesa de diálogo de ámbito iberoamericano, defendió en su intervención las políticas locales de transparencia y Gobierno Abierto como “eje central de calidad de la democracia” y apostó por actuar mejorando los marcos normativo y orgánico (con la Ordenanza y el Código de Buen Gobierno que ha elaborado la FEMP) y también en el marco político, para favorecer que “el acuerdo entre representantes públicos y ciudadanía a la que representan vuelva a dignificarse”.
En el mismo sentido se manifestó el Secretario General de la FEMP, Juan Ávila, al recordar que la etapa que vivimos, en la que coinciden globalización y era digital, obliga a todos, pero de modo especial a los gobiernos, a buscar respuesta para los nuevos retos planteados. Cuestiones como los grandes movimientos migratorios, antes impensables, o la pérdida de puestos de trabajo que acompaña a la revolución digital, hacen necesario aplicar soluciones innovadoras, que resulten útiles y eficaces y que legitimen al Gobierno que las aplica porque, subrayó, “a partir de ahora, todo lo que no goce de la legitimación de los ciudadanos tiene sus días contados”. A su juicio, la revolución digital dota de herramientas de utilidad y eficacia para favorecer el buen gobierno, la transparencia y la participación de los ciudadanos.
Afirmó también que esa legitimación se percibe especialmente desde el ámbito local, aunque para conseguirla es imprescindible la colaboración de todos los niveles de gobierno, por lo que mostró la total disposición de la FEMP a colaborar en la elaboración de planes nacionales de transparencia y gobierno abierto. Experiencias de la Federación, como la Red de Ciudades por la Transparencia y Participación ciudadana, o la Ordenanza y Código de buen Gobierno, son algunas de las aportaciones de la Federación a esos planes.
En su misma mesa, y sobre esta cuestión, la Directora General de Gobernanza Pública, del Ministerio de Hacienda y Función Pública, María Pía Junquera Temprano, manifestó la oportunidad que los “Diálogos” representan para su departamento de cara a aprender, compartir buenas prácticas y construir juntos, y recordó que España forma parte de la Alianza para el Gobierno Abierto desde 2011 y que el próximo mes de junio tiene previsto presentar su Tercer Plan de Acción para el cual cuenta con la colaboración de las tres Administraciones y de la sociedad civil.
En los Diálogos también está presente la Fiscalía General del Estado. La responsable de su unidad de Cooperación, María de la Heras, destacó de una de las medidas más importantes para prevenir la comisión de delitos desde las instituciones es la transparencia, como también lo es permitir la participación ciudadana en todo lo público. Ambas circunstancias, transparencia y participación, obligan a un cambio de mentalidad, sobre todo en los gestores. María Heras manifestó el compromiso del Ministerio Fiscal con la transparencia y se apoyó la relevancia de los “Diálogos” en que se trata de un foro donde poner en común problemas, dificultades y soluciones.
El encuentro, que cuenta con el apoyo de la Fiscalía General del Estado, la organización Transparencia Internacional, CGLU y el Fondo Mundial para el Desarrollo de Ciudades, entre otros, ha congregado a casi un centenar de expertos y asistentes de todo el mundo. A partir de mañana, se abren dos jornadas de talleres organizadas por la plataforma Uraia bajo el título “Ciudades transparentes y abiertas: soluciones innovadoras para la gestión y finanzas municipales”, en las que se darán a conocer experiencias en la materia desarrolladas en todo el mundo.
Fuente: FEMP
De forma inmediata se constituirán dos grupos de trabajo: uno para tratar el techo de gasto y otro para abordar la financiación local
El Presidente de la FEMP anunció que en los próximos diez días se constituirá el grupo de trabajo sobre techo de gasto, un grupo cuya creación fue abordada en la pasada Comisión Nacional de Administración Local, del que formarán parte representantes del Gobierno, las Comunidades Autónomas, la Administración Local, la FEMP y la AIREF. “Se trata de una cuestión que nos urge sobremanera y que ha de ser tratada a la mayor brevedad. Queremos que los Ayuntamientos, buenos cumplidores, tengan un techo de gasto que sea acorde a su nivel de cumplimiento”, ha manifestado el Presidente de la FEMP a la salida de la reunión mantenida con la Vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría; el Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro y otros representantes del Gobierno, a la que ha acudido acompañado de los Vicepresidentes y portavoces de los grupos políticos del a FEMP.
En un periodo de tiempo similar, comenzarán las negociación para la reinversión del superávit en las Entidades Locales y se constituirá también el grupo de trabajo que abordará la financiación local, de manera paralela a la financiación autonómica, tal y como pedía la FEMP, y para el que la Federación ya aportado la relación de cinco expertos designados en representación local: Se trata de Francisco Pedraja, Catedrático de Economía aplicada; Luis García Alvarez, Tesorero Municipal; Javier Suárez Pandiello, Catedrático de Economía Aplicada; Juan José Rubio, Catedrático de Hacienda Pública; y Pablo Chico de la Cámara, Catedrático de Derecho Financiero.
Por lo que se refiere al uso del superávit “que en 2016 se situará entre los 4.000 y los 5.000 millones de euros”, Caballero insistió en la necesidad de contar con una ley que haga posible su utilización en 2017, por lo que se ha pedio al Gobierno que “bien a través de una ley singular o bien a través de la Ley de Presupuestos, proceda a autorizar la utilización de los superávits por parte de Ayuntamientos y Diputaciones, y que lo podamos hacer con la generación de nuestros propios remanentes, es decir, sin tener que aumentar los ingresos a través de impuestos u otras figuras de captación de ingresos”. Para los municipios es fundamental reinvertirlo en planes de empleo, gasto social, inversiones sostenibles, “en favor de los ciudadanos y que no sea utilizada por otras Administraciones”, concluyó.
Tratamiento personalizado
En el encuentro, la representación de la FEMP llamó la atención sobre la difícil situación económica de casi dos centenares de Ayuntamientos españoles, una cuestión a la que el Gobierno respondió con el compromiso de ofrecer tratamiento “personalizado” para cada situación.
En cuanto a las empresas públicas deficitarias, que, según contempla la LRSAL han de ser disueltas, el Presidente alertó sobre el hecho de que muchas de ellas son empresas de transporte público, un servicio cuya prestación es obligatoria en las ciudades. Al respecto, el Gobierno establecerá igualmente un plan específico para cada situación.
Conferencia de Presidentes Autonómicos
La FEMP, en representación de las Entidades Locales españolas, también estará presente en los trabajos para dar soluciones a las cuestiones señaladas en la pasada Conferencia de Presidentes Autonómicos. Materias como el reto demográfico “que se plantea en zonas muy importantes del mundo rural y en el que ya trabajamos desde los Ayuntamientos”, o la cuestión de unidad de mercado, relacionada con la función pública, la tasa de reposición y la movilidad; o la tarjeta social, elemento de registro de las personas que reciben ayudas porque, los Ayuntamientos “somos los principales proveedores de ayudas sociales”.
Fuente: FEMP