ISSN: 2695-4621
El despoblamiento progresivo de numerosas zonas rurales afecta a más del 40% de los municipios y se ha convertido en un problema grave
El despoblamiento progresivo que sufren numerosas zonas rurales y que afecta a más del 40% de los municipios de nuestro país, se ha convertido en un problema grave y prioritario para la Administración Local. Y la solución no pasa por un único frente, sino que ha de enfocarse desde diferentes perspectivas. Así lo ha señalado la Directora General de Servicios Jurídicos y Coordinación Territorial de la FEMP, Judith Flórez, durante su intervención en el Congreso sobre Despoblamiento en zonas rurales celebrado en Montánchez (Cáceres) el 19 y 20 de octubre.
En el marco de un Panel en el que se ha trabajado sobre el papel de la Administración como herramienta de Despoblamiento, la representante de la Federación ha manifestado la importancia de incluir la lucha contra la despoblación en el marco de una estrategia nacional, más amplia, que contribuya a paliar las diferencias territoriales. Asimismo, ha insistido en la necesidad de afrontar acciones y medidas que corrijan los efectos de la despoblación y se ha referido al papel de la FEMP como institución interlocutora de los más de 3.000 municipios españoles que se ven afectados por este fenómeno.
Junto a Judith Flórez han intervenido representantes de la Red Española de Desarrollo Rural, y de la Asociación Española de Municipios de Montaña, entre otros. A lo largo de las dos jornadas de duración del Congreso han tenido lugar otros cuatro paneles sobre valorización del medio rural, la realidad de las mujeres en los espacios rurales, medidas fiscales y ayudas económicas para la vida rural y, finalmente, sobre la posibilidad de focalizar el desarrollo rural en elementos patrimoniales de los territorios. Al finalizar, se emitió la Declaración de Montánchez sobre el Despoblamiento en el Medio Rural.
Fuente: FEMP
Plan de Formación de la Escuela de Administración Pública. Administración Local.- Resolución de 17 de octubre de 2016, de la Dirección General de Función Pública, por la que se realiza la convocatoria de actividades formativas pertenecientes al Plan de Formación Local 2016 de la Escuela de Administración Pública de Extremadura dirigido a los empleados públicos de la Administración Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (DOE 21/10/2016)
Los días 20 y 21 de octubre de 2016, se celebrará en el Aula Magna del Instituto Nacional de Administración Pública el “IV Congreso sobre innovación tecnológica y Administración Pública”. Este evento forma parte del proyecto de investigación, “La reforma de la Administración Electrónica: una oportunidad para la innovación desde el Derecho”, en el marco de la Convocatoria permanente para la contratación de proyectos de investigación del INAP, y que coordina el profesor de la Universidad de Castilla-La Mancha, Isaac Martín Delgado.
LA REFORMA DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: UNA OPORTUNIDAD PARA LA INNOVACIÓN DESDE EL DERECHO
PROGRAMA
Jueves, 20 de octubre
9.30 h. Inauguración y presentación del Congreso: La reforma de la Administración electrónica
D. Manuel Arenilla,
Director del Instituto Nacional de Administración Pública
D. Isaac Martín
Profesor Titular de Derecho Administrativo e IP del Proyecto de Investigación “La reforma de la Administración electrónica: una oportunidad para la innovación desde el Derecho”
10.00 h. Bloque I: Políticas públicas, Derecho y Administración electrónica
La importancia del diseño y evaluación de políticas públicas de implantación de la Administración electrónica. En particular los servicios públicos digitales
Ponentes:
D. Ignacio Criado,
Profesor Contratado Doctor de Ciencia Política de la Universidad Autónoma de Madrid y Co-fundador de Novagob
D. Antonio David Berning,
Investigador del Departamento de Derecho Administrativo de la Universidad Pablo Olavide de Sevilla
Comentaristas:
D. Juan Miguel Márquez,
Responsable de Análisis de Políticas Públicas del ONSTI en Red.es
D. Fernando de Pablo,
Asesor de la Oficina para la Ejecución de la Reforma de la Administración. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Participación electrónica y elaboración de normas
Ponente: D. Luis Arroyo,
Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Castilla-La Mancha
Comentarista: D. Andrés Boix,
Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Valencia
12:30 h. Bloque II: La Administración electrónica en la práctica: algunas experiencias de éxito
A nivel provincial: El proyecto de implantación de la Administración electrónica en la Diputación de Ciudad Real,
D. Luis de Juan Casero Vicesecretario General de ¡a Diputación de Ciudad Real
A nivel autonómico: El modelo de Administración electrónica de Cataluña,
D. Manel Sanromá,
Director gerente del Consorcio de la Administración Abierta de Cataluña
A nivel estatal: El Centro de Transferencia de Tecnología de la Administración General del Estado,
Pendiente de confirmación
16.00 h. Bloque III: Visión jurídica de los aspectos tecnológicos
Interoperabilidad en la Administración electrónica
Ponente: D. Eduardo Gamero,
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Pablo Olavide de Sevilla.
Comentarista: Dña. Ascen Moro,
Responsable de la Unidad de Gestión del Conocimiento y Calidad del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat
La regulación de la tecnología: la superación del modelo papel como elemento de transformación digital innovadora
Ponente:
D. Ignacio Alamillo,
Director General de Astrea, abogado y auditor
Comentarista: D. Aitor Cubo,
Subdirector General de Impulso de la Administración Digital y Servicio al Ciudadano. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
18.00 h. Experiencias de Derecho Comparado y Presentación de comunicaciones
Viernes, 21 de octubre
9.30 h. Bloque IV: Algunos aspectos sustantivos de la Administración electrónica
El uso de los medios electrónicos en la contratación pública
Ponente: D. Rubén Martínez,
Profesor Contratado Doctor (Ac. Titular) de Derecho Administrativo de la Universidad de Alicante
Comentarista: Dña. Isabel Gallego,
Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Castilla-La Mancha
Transparencia y Administración electrónica
Ponente:
D.Lorenzo Cotino,
Profesor Titular de Derecho Constitucional (Ac. Catedrático) de la Universidad de Valencia
Comentarista: D. Ricard Martínez,
Jefe del Servicio de Transparencia de la Diputación de Valencia
Reutilización de la información del sector público, acceso a la información y Administración electrónica
Ponente: D. Julián Valero,
Profesor Titular (Ac. Catedrático) de Derecho Administrativo de la Universidad de Murcia
Comentarista:
Dña. Concepción Campos,
Secretaria de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vigo
13.00 h. Conferencia de Clausura: Nuevas perspectivas de la Administración electrónica
Pendiente de confirmación
Inscripciones y más información en cde@uclm.es
Fuente: FEMP

Por José Ramón Chaves García
El Reglamento de Régimen Disciplinario de la administración del Estado, aprobado por RD 33/1986, de 10 de Enero, recoge el procedimiento y tipificación de faltas disciplinarias en muy graves, graves y leves, dándose la paradoja de que el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) solo tipifica las muy graves (con silencio respecto de menos graves y leves), aunque declara el principio de reserva legal.
Ante esta situación sigue manteniendo actualidad la alarmante situación de un importantísimo Reglamento cuyo ámbito natural de aplicación y destinatarios es el de la administración del estado y administración local, junto funcionarios de entes dependientes de los mismos, sin olvidar su aplicación supletoria para la administración autonómica. Sin embargo, existe y subsiste la división de criterios de las Salas de los Tribunales Superiores de Justicia sobre una cuestión crucial que brotó hace seis años y todavía no se ha solventado ( momento en que comenté el caso y mi particular opinión bajo el título “muerte y resurrección del reglamento disciplinario estatal”).
Se trata nada más ni nada menos de la cuestión de si la tipificación de faltas graves y leves del reglamento disciplinario ha sido derogada por el EBEP con el consiguiente vacío legal, o si por el contrario subsiste vigente hasta que en el futuro se establezcan otras diferentes por norma con rango de ley. La primera tesis ( derogación) es la que mantiene la Sala de lo contencioso-administrativo de Valencia, pudiendo citar la reciente Sentencia de de 5 de Julio de 2016 (rec.305/2013), y la segunda tesis – mayoritariamente seguida por las restantes Salas- es la que mantiene por ejemplo, la Sala de lo contencioso-administrativo de Madrid, pudiendo citar la reciente Sentencia de 4 de Marzo de 2016(rec.643/2015).
Ambas posiciones judiciales están seriamente razonadas, pero de seguirse la tesis derogatoria no podrán imponerse sanciones por infracciones graves y leves hasta que una ley formal las tipifique ( lo que con la fortaleza del gobierno que vivimos, es poco menos que un utopía), y de seguirse la tesis de su vigencia, tales sanciones contarán con amparo legal.
Creo que estamos ante una situación que merece pronta resolución y dado que no parece que se apruebe una ley formal estatal a corto plazo solucionando del problema, me temo que es un buen asunto para que la Sala de lo Contencioso-admininistrativo del Tribunal Supremo estrene el flamante y recién estrenado recurso de casación y aprecie “interés casacional” porque si no lo tiene esta cuestión en que se trata de una pura cuestión jurídica de inmensa importancia, no sé cual la puede tener.
Fuente: delajusticia.com
RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2016 por la que se convoca el Curso superior sobre las leyes 39/2015 y 40/2015 del procedimiento administrativo común (LPAC) y del régimen jurídico del sector público (LRJSP) (DOG 19/10/2016)