ISSN: 2695-4621

Propone que la Administración no dé preferencia a los productos de marca comercial (marcas de fabricante) frente a los de marca del distribuidor o marca blanca
Recomienda medidas para que la versión final de los pliegos de contratación de estos suministros sea aún más competitivo
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha analizado el borrador de los Pliegos que rigen la celebración del Acuerdo Marco para la contratación de material de oficina (no inventariable) por parte de las Administraciones Públicas. Estos pliegos recogen las condiciones de contratación que deben seguir las Administraciones Públicas cuando adquieren este tipo de productos. (INF/CNMC/008/16).
En su informe, la CNMC recuerda que una política transparente de aprovisionamiento y que permita presentarse a distintos operadores a los concursos es un instrumento fundamental para racionalizar el gasto público e incrementar la eficiencia.
Entre otras observaciones, la CNMC considera injustificado que a la hora de contratar el suministro del material de oficina, se diferencie entre marcas de fabricantes y marcas de distribuidores (marcas blancas).
La CNMC señala que la marca no debe ser una exigencia si previamente se han determinan las características y la calidad que deben tener los productos. En este sentido, también recomienda la elaboración previa de unos listados con estos elementos.
Por otra parte, la Comisión considera que antes de los procesos de licitación, se debe evitar celebrar sesiones presenciales con potenciales oferentes. Las consultas presenciales que se realizan para conocer el mercado y configurar el proceso son arriesgadas y pueden incrementar la posibilidad de captura de cualquier órgano contratante. Además, pueden perjudicar los principios de igualdad de acceso, no discriminación y defensa de la libre competencia.
La CNMC también aconseja que se utilice un Sistema Dinámico de Adquisición (SDA) frente al Acuerdo Marco (AM). El Sistema Dinámico facilita una apertura continua del mercado, ya que, a diferencia del Acuerdo Marco, se trata de un procedimiento abierto a nuevos competidores durante toda su vigencia.
La CNMC recomienda también que se facilite la acreditación de la solvencia económica y técnica de empresas de nueva creación que quieran presentarse a los concursos. También, propone que las ofertas puedan presentarse a través de medios electrónicos para reducir los costes e incrementar la trazabilidad del procedimiento.
La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados y que garantiza y promueve una competencia efectiva. Este informe se emite a solicitud del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias consultivas de la CNMC en aplicación del artículo 5.2.a) de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Fuente: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
La Guardia Civil ha detenido a 12 personas en una operación contra la malversación de fondos públicos
La Guardia Civil y la Fiscalía contra la Corrupción y el Crimen Organizado, tutelada por el Juzgado de Instrucción 1 de El Vendrell (Tarragona), han detenido este martes a 12 personas —entre ellas, dos exalcaldes catalanes— como parte de una trama vinculada a delitos relacionados con la Administración pública. La han llamado Operación Térmyca y los agentes tienen previsto llevar a cabo 48 registros simultáneamente: 14 en domicilios, 7 en despachos profesionales, 12 en sociedades mercantiles, 7 en entidades públicas y 8 en Ayuntamientos (Torrejón de Ardoz, Miraflores de la Sierra y Chinchón, en la Comunidad de Madrid; Tortosa, Ascó, Vandellós y L'Ametlla de Mar, en Cataluña, y Trillo, en Guadalajara).
Entre los detenidos se encuentran Josep Manel Bassols, exalcalde de Anglès que fue arrestado por su vinculación con la trama del 3%, y Andreu Martí, exregidor de L'Ametlla de Mar. Al mismo tiempo, los agentes han formulado 15 requerimientos de documentación a los Ayuntamientos de Barcelona, Llinars del Vallès y Masquefa (Barcelona); La Seu d’Urgell (Lleida); Calonge y Girona (Girona); Cambrils (Tarragona); Alaior y Sóller (Islas Baleares); Velilla de San Antonio, Collado Villalba y Getafe (Madrid); Benicàssim (Castellón); Armilla (Granada); y Palos de la Frontera (Huelva). Son 23 Ayuntamientos en 10 provincias.
La Operación Térmyca se inició a partir de las actuaciones de finales de junio de 2014 que afectaban al Ayuntamiento de Torredembarra, en las que fue detenido el propio alcalde Daniel Massagué (CiU) e investigado por la Oficina Antifraude de Cataluña (OAC) el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, en su etapa como alcalde de Girona. Supuestamente, se adjudicaban desde los Consistorios sospechosos contratos "a dedo" a la consultora Efial S.L. A raíz de dicha investigación inicial, se desarrolló otra más exhaustiva sobre la citada empresa mercantil, que finalmente ha dado como resultado la oleada de actuaciones llevadas a cabo este martes.
"A lo largo de la investigación se ha detectado la creación de la figura instrumental y ficticia de Entidades Públicas Empresariales Locales carentes de actividad específica, creando un entramado fraudulento por el cual se desvían fondos públicos municipales de Ayuntamientos a la citada entidad pública y de esta a la sociedad mercantil privada", señalan fuentes de la investigación.
La operación ha desvelado la existencia de toda una ingeniería financiera mediante la cual la primera mercantil es absorbida por otra, CGI, creando un entramado similar a la primera que se extendió más allá de Cataluña. Las actuaciones se encuentran bajo secreto de sumario.
Efial es una consultoría media, con un equipo de una treintena de personas, que trabaja con cerca de un centenar de Ayuntamientos, la mitad de estos vinculados a Convergència. La creó en 2007 Antoni Martos, un consultor que ha tenido cargos en el Ayuntamiento de Barcelona, como director de control de gestión de los servicios centrales y director de administración de Barcelona Gestión Urbanística. También es asesor en materia urbanística de la Sindicatura de Comptes. Después de que saltasen los primeros escándalos, Efial cambió su nombre en enero pasado por el de Consultoría en Gestión Innovadora.
Fuente: El País

Un juzgado obliga al Ayuntamiento de Olmedo a retirar los símbolos franquistas. El abogado que ha ganado el caso ha presentado otras 20 demandas similares
El Ayuntamiento de Olmedo (Valladolid) acaba de ser condenado por el juzgado contencioso -administrativo número 2 de Valladolid por incumplir la ley de memoria histórica y no retirar los símbolos franquistas. El abogado Eduardo Ranz presentó demandas similares en 21 municipios y esta es la primera condena. Previamente había llevado medio centenar de casos por la vía penal, pero todos fueron desestimados, salvo el del Rita Barberá, denunciada por desobediencia, que sigue vivo por una cuestión de forma: ahora es aforada y responde ante el Tribunal Supremo.
La sentencia obliga al Ayuntamiento a "tomar las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas u otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación personal o colectiva de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la dictadura". Es decir, exige al Consistorio que elabore "un catálogo de vestigios" y proceda a su "retirada inmediata".
Presentada la demanda, el Ayuntamiento decidió "allanarse" en el procedimiento para no pagar las costas por lo que tampoco ahora puede recurrir la sentencia. El abogado confía en que el resto de demandas presentadas por rebelión contra la ley de memoria histórica, aprobada en 2007, sigan el mismo camino. "Es muy importante porque establece la responsabilidad por incumplimiento de una ley desde hace nueve años. Y es también una cuestión de dignidad porque un país que lleva 40 años de democracia no puede tener aún calles dedicadas a los máximos exponentes de la dictadura", asegura.
Ranz ha presentado idénticas reclamaciones por la vía contencioso- administrativa contra los ayuntamientos de Llanos del Caudillo (Ciudad Real), Alberche del Caudillo (Toledo), Alcocero de Mola (Burgos), Almería, Andújar (Jaén), Burgos, Gavilanes, Guadiana del Caudillo, León, Llanes, Logroño, Madrid, Melilla, Quintanilla de Onésimo (Valladolid), San Leonardo de Yagüe (Soria), Tineo (Asturias), Tortosa (Tarragona), Villafranco del Guadalhorce (Málaga), Villafranco del Guadiana (Badajoz) y Villaviciosa (Asturias).
Precisamente este miércoles, el Ayuntamiento madrileño acordó retirar las distinciones honoríficas dedicadas ocho personas y cinco entidades vinculadas con la dictadura. El pleno aprobó la medida con el apoyo de todos los grupos salvo el PP, que votó en contra. La demanda contra el consistorio por incumplimiento de la ley de memoria histórica ya había sido admitida.
Insumisos
El artículo 15 de la norma, aprobada en 2007, obliga a las Administraciones públicas a tomar las medidas oportunas para retirar la simbología franquista, pero han sido muchos los Ayuntamientos insumisos. En el último año, a raíz de las demandas presentadas y tras los cambios en las corporaciones por las elecciones de mayo de 2015, varios municipios han acordado en pleno la retirada de vestigios y honores de este tipo, pero otros siguen rebelándose.
El Ayuntamiento de Tortosa, por ejemplo, convocó una consulta el pasado mayo para decidir si retiraba o no el mayor monumento franquista de Cataluña, una escultura de 45 metros de alto levantada en conmemoración de la victoria del bando nacional en la batalla del Ebro. Un 68% votó a favor de dejarla como está. El abogado Eduardo Ranz considera "falsaria" esa consulta porque "la verdadera votación se produjo hace nueve años, cuando se aprobó la ley de memoria histórica". El pleno del Ayuntamiento, no obstante. sí voto a favor de retirar el título de alcalde honorífico a Franco.
Fuente: El País
Acuerdo de 19 de mayo de 2016, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 20 de abril de 2016, de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, sobre la extensión máxima y otras condiciones extrínsecas de los escritos procesales referidos al Recurso de Casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo (BOE 6/7/2016)
RESOLUCIÓN de 21 de junio de 2016 de la Escuela Gallega de Administración Pública por la que se convocan las actividades de formación para el personal de la Administración local de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG 27/6/2016)