ISSN: 2695-4621
Zaragoza, con medio millón más de habitantes que la capital guipuzcoana gastó 20 millones de euros menos, y se sitúa en el último lugar de la lista en gasto de este tipo.
La información de Hacienda y Administraciones Públicas también recoge el gasto de las entidades locales en actuaciones de protección y promoción social.
San Sebastián, Barcelona, Madrid, Tarragona y Granada son las cinco capitales de provincia que más gastan por habitante en servicios municipales básicos, como la limpieza viaria, el saneamiento, el agua o las basuras. En el otro extremo se encuentran Ávila, Valladolid, Cuenca, Mérida y Zaragoza.
Así se desprende de los datos publicados por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas sobre el coste efectivo en 2013 de los servicios que prestan todas las entidades locales del país, según las liquidaciones de sus presupuestos. De la lista faltan los municipios vascos y navarros, con la excepción de la capital guipuzcoana; siguen otro cauce de información a Hacienda por el régimen foral, pero sus datos aparecerán también en el futuro.
La reforma local obliga a los municipios a calcular el coste de los servicios que prestan. Este mes se ha dado a conocer la primera oleada, aunque la información no está detallada sino distribuida en grandes capítulos de gasto. Todos los datos serán publicados anualmente por Hacienda para que los vecinos puedan consultar los de sus ayuntamientos.
Basuras y saneamiento
Uno de ellos, es el que recoge el gasto en los servicios propios de los ayuntamientos, es decir, el saneamiento, la luz, la gestión de residuos y basuras, vivienda y urbanismo o la limpieza viaria.
Distribuido este coste por habitante, la capital guipuzcoana es la que más dinero dedicó a estos servicios según los datos de 2013, 854 euros por vecino (128 millones de euros). Son 20 millones más de lo que gastó en estos mismos capítulos Zaragoza, con medio millón más de habitantes y un gasto per cápita de 158 euros, la cifra más baja del país.
La segunda capital de provincia que más dedica a estos servicios básicos por vecino es Barcelona (674 euros anuales en 2013), seguida de Madrid (592 euros), Tarragona (574), Granada (561), Córdoba (516) y Málaga (507).
Justo por encima de Zaragoza se sitúan Mérida (187 euros por habitante), Cuenca (278 euros), Valladolid (285) y Ávila (295). Casi la mitad de las capitales gastan entre 300 y 400 euros, 26 de ellas en total, y otras once invierten entre 400 y 500 euros per cápita al año.
Protección social
La información de Hacienda y Administraciones Públicas también recoge el gasto de las entidades locales en actuaciones de protección y promoción social, que incluye el gasto en atención y asistencia a jóvenes, infancia, mayores, minusválidos o fomento del empleo.
En este ranking, y también calculando el gasto por habitante según las cifras de 2013, Sevilla es la primera capital de provincia (191 euros por vecino), seguda por Lleida (185), Ávila (177 euros), Lugo (157), Logroño (151) y Soria (150 euros por habitante).
La mayoría de ciudades dedica entre 60 y 100 euros per cápita y por debajo de estas cifras se sitúan solo Murcia (58 euros), Santiago de Compostela y Badajoz (55 euros cada una), Alicante (52) y Toledo (50) y cierran la lista Teruel y Pontevedra (48 euros por habitante, respectivamente).
También ha incluido el Ministerio la información de la deuda pública de las entidades locales. Madrid ocupa el primer lugar en deuda por habitante (414 euros) y Badajoz, el último (35 euros).
Además de estos tres grandes grupos, Hacienda incluye otros tres. El denominado 'producción de bienes públicos de carácter preferente' se incluyen capítulos de mejora de la calidad de vida de los ciudadanos, como tiempo libre, ocio, cultura o deporte.
Como actuaciones de carácter económico Hacienda considera los gastos en desarrollo de actividad económica, como agricultura, ganadería o pesca, inversión en infraestructuras básicas y transportes, comunicaciones o I+D+I.
Por último, en el capítulo de actuaciones generales se incluyen los gastos en constitución y funcionamiento de los órganos de gobierno, servicios información, participación ciudadana o administración.
Fuente: Lainformacion.com
El colectivo denuncia que se ha producido durante años «un debilitamiento sistemático de los contrapoderes».
El Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Comunitat Valenciana (Cosital) exige a las administraciones públicas que eliminen los sistemas de provisión de puestos de libre designación y que den «reconocimiento legal» a la capacidad de actuación de estos funcionarios públicos estatales en la gestión e implementación de las políticas públicas locales. Desde Cosital recuerdan que «si se hubieran atendido las reiteradas demandas del colectivo se hubieran podido prever y atajar en gran parte muchos de los males que han acaecido en nuestras entidades locales, municipales y provinciales», en referencia a los casos de corrupción y nepotismo que las han inundado en los últimos años.
El colectivo explica que se ha venido produciendo «durante muchos años un debilitamiento sistemático de los contrapoderes de carácter profesional, que en un Estado de Derecho son esenciales para equilibrar la balanza y articular un eficaz control del ejercicio del poder público». Es decir, una pérdida de libertad a la hora de ejercer sus labores que les han cercenado la capacidad de maniobra, argumentan. Además, añaden, «este debilitamiento se ha articulado con la pretendida excusa de una presunta mayor democratización de nuestras instituciones públicas y en especial las locales». El colectivo pide que la reforma de régimen local vaya más lejos en su capacidad de independencia respecto a los representantes políticos, de quienes en la actualidad depende, por ejemplo, su nombramiento.
Sentencia favorable
Como contó este periódico, Cosital consiguió tumbar el nombramiento por libre designación del interventor general de la Diputación de Valencia. En la sentencia, los magistrados del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano consideran que «en el procedimiento de libre designación rigen también los principios de mérito y capacidad». El ente provincial volvió a nombrar al interventor en su cargo, aunque ha vuelto a ser recurrido por Cosital.
Otra de las novedades que aporta el tribunal es que, el político que realiza la designación debe especificar «cuáles son las cualidades o condiciones personales y profesionales que han sido consideradas en el funcionario nombrado para apreciar que aquellos criterios concurren en él en mayor medida que en el resto de los solicitantes». Esta sentencia es pionera en España y ha abierto la puerta a colegios de toda España para recurrir procesos de libre designación donde no han primado los méritos y capacidad.
Desde Cosital apuestan por que las Administraciones estatal y autonómica, así como todas las demás deben implicarse, como instituciones públicas, «en la protección del ejercicio de una función pública que obedece a los más estrictos principios de mérito y capacidad; así como a los de neutralidad, independencia, objetividad y profesionalidad; y arbitrar los órganos y los mecanismos necesarios para ello».
«La democracia es esencialmente transparencia y control del poder. Solo así se previenen fenómenos como la corrupción, si tener que aplicar después curas urgentes y lamentar sus efectos», concluyen.
Fuente: Levante.com
El alcalde y el secretario de Ausejo tuvieron en el Ayuntamiento una «acalorada» discusión tras la que el profesional sufrió una crisis de ansiedad.
Discutir con el jefe, con lo que ello implica, puede considerarse como un accidente laboral. Al menos si de esa discusión se deriva una situación de baja. Así lo ha determinado la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja que, tras revocar una sentencia del Juzgado de lo Social de Logroño, considera que la crisis de ansiedad que mantuvo al secretario-interventor del Ayuntamiento de Ausejo en situación de baja laboral después de una agria discusión con el alcalde (Rafael Fernández, del PSOE) -que vendría a ser su 'jefe'- fue consecuencia de un accidente laboral.
Los hechos que provocaron la baja del secretario-interventor tuvieron lugar el día 16 de julio del 2012, pero a juicio del afectado la tensión laboral, la tirantez entre él y el alcalde se fraguó en los meses previos después de que el primer edil le advirtiera, siempre según su versión, que debía ser «más flexible en la aplicación de la ley». Ante su negativa, asegura que se generó «un ambiente de trabajo hostil».
Y así llegaron uno y otro al 16 de julio. Hacia las 9 horas de aquel día -según los hechos probados del primer fallo que el TSJR no altera- tuvo lugar en el despacho del secretario una discusión «acalorada» entre él y el alcalde al negarse el primero a pagar la nómina de una de las trabajadoras (la sentencia no abunda más en los motivos). En un momento dado «el alcalde dio un golpe a la impresora que se encuentra en la oficina». Tras quince minutos de 'pelea dialéctica' el alcalde salió del despacho del secretario. Poco después lo hizo éste para dar una serie de instrucciones a los trabajadores sobre unos expedientes y abandonar el Consistorio de Ausejo. Tardó tres meses en regresar.
Su destino fue el servicio de Urgencias del San Pedro de Logroño en donde se le apreció «un leve eritema y erosión superficial lineal en cara lateral cervical» con impresión de «agresión física». Pese a ese informe médico la sentencia del juzgado apunta que no está probado «que por parte del alcalde se agrediera al actor ni que se le insultara o manifestara expresión vejatoria alguna».
«Ansiedad por agresión»
Ese mismo día su médico de cabecera, ante el cuadro de «ansiedad originado por la agresión», le firmó la baja laboral que fue renovando semanalmente hasta el 16 de octubre de ese año. El enredo entre uno y otro se completó con dos denuncias cruzadas: el alcalde le acusó de haberse llevado las claves de varias cuentas bancarias municipales; y el secretario, por sufrir «vejaciones, coacciones e incluso amenazas».
Y la puntilla la puso, ya en el 2013, la determinación de si la baja fue o no por accidente laboral. El primer médico evaluador dijo que sí; el equipo de valoración, que no; y la Seguridad Social hizo suya esta segunda idea para cargar el pago de las prestaciones a la mutua.
También el Juzgado de lo Social consideró que no era accidente laboral y valoró la discusión como «una incidencia de trabajo que no justifica la aparición del síndrome de ansiedad». Pero el TSJR le desautoriza, revoca su fallo y apunta que la discusión «mantenida en tiempo y lugar de trabajo» causó la crisis de ansiedad que necesitó atención médica y motivó su baja laboral. La Sala de lo Social profundiza en la importancia del lugar en que tuvo el enfrentamiento para recordar que la legislación considera accidente laboral «toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo». Además dice que así será salvo que se pruebe «de forma inequívoca» que no hay relación entre trabajo y enfermedad, algo que no ha quedado demostrado.
Así, la discusión entre alcalde (jefe) y secretario (trabajador) fue, además de acalorada, un accidente laboral.
Fuente: La Rioja.com
A juicio del presidente la Diputación, "estamos ante un nuevo momento histórico" debido a que "la revisión de la Constitución de 1978, nos brinda una excelente oportunidad para el municipalismo".
El mandatario de la Diputación sevillana, Fernando Rodríguez Villalobos, ha expuesto este sábado, en plena celebración del 36 aniversario de la Constitución española de 1978, la necesidad de “abordar una reforma parcial de la Carta Magna, desde el consenso y el diálogo, para actualizar la Constitución mediante un nuevo pacto ciudadano” con el fin de entre otras cuestiones “reforzar el papel de los ayuntamientos”.
En una nota, Villalobos ha reivindicado “una mejor ordenación de las diferentes Administraciones del Estado que pasaría por el reforzamiento del papel de los ayuntamientos, abordando una legislación diametralmente opuesta a la reforma local del PP”, a la vez que “por supuesto, planteada desde el reconocimiento constitucional de la autonomía municipal y del derecho de nuestros entes locales a participar en los ingresos del Estado y de las Comunidades Autónomas, sin ningún tipo de condición”.
De esta manera, el presidente de la Diputación ha argumentado que “la administración local permite una proximidad entre gobernantes y ciudadanos, que favorece, sin lugar a dudas, la calidad de la democracia y propicia una más visible rendición de cuentas, por la tanto redunda en mayor transparencia que, a día de hoy, es lo que está exigiendo la ciudadanía”.
Asimismo, el regidor provincial ha insistido en que “la autonomía de los municipios es de naturaleza política” por lo que según Villalobos “requiere de competencias propias para el impulso de políticas específicas que respondan a los derechos de los vecinos que puedan contribuir a preservar el Estado del Bienestar”.
A juicio del presidente la Diputación, “estamos ante un nuevo momento histórico” debido a que “la revisión de la Constitución de 1978, nos brinda una excelente oportunidad para el municipalismo”.
Finalmente, ha señalado que esta es una “oportunidad para consagrar en el texto constitucional un sistema de financiación justa para las entidades locales, así como para recuperar la legitimidad, el reconocimiento, y el peso perdido a causa de la reforma local impulsada por el Gobierno central”.
Fuente: Europa Press
Las dos asociaciones de municipios más destacadas de Cataluña, ACM y FMC, han reclamado hoy al Tribunal Constitucional (TC) "agilidad" en la tramitación de los recursos presentados contra la Ley Estatal de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración (LRSAL).
Así lo han constatado el presidente de la Asociación Catalana de Municipios (ACM), Miquel Buch, en el marco de una sesión de trabajo que se ha realizado en el Consejo Comarcal del Vallès Occidental, junto a la Federación de Municipios de Cataluña (FMC).
"Pido al Tribunal Constitucional que sea rápido en la respuesta del recurso de inconstitucionalidad que han presentado 2.500 ayuntamientos de toda España en contra de la LRSAL", ha señalado Buch.
"Esta ley afecta directamente a cuestiones como los servicios sociales, los servicios de promoción económica o de otros que prestan los ayuntamientos", ha añadido el representante municipal.
En este sentido, el presidente de la FMC, Xavier Amor, ha destacado el carácter injusto de la nueva ley, que tiene consecuencias muy negativas en la gestión y el día a día de los municipios.
"No soluciona, empeora y además provoca mucha incertidumbre porque si una misma ley es interpretada diferente por dos secretarios o interventores municipales es que no es lo suficientemente clara", ha señalado Amor.
Fuente: La Vanguardia