ISSN: 2695-4621
RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2022 por la que se convoca el webinario El régimen del funcionario interino tras el Real decreto ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (DOG 14/9/2022)
Abel Caballero destaca que la sustitución de luminarias incandescentes por LED ahorraría un 80% de consumo
El Presidente de la FEMP, Abel Caballero, ha defendido esta mañana la utilización de una parte de los Fondos Europeos que va a recibir nuestro país para mejorar la eficiencia energética de los edificios públicos. En la Comisión Nacional de Administración Local celebrada esta mañana bajo la presidencia de la Ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez, y en presencia de la Vicepresidenta Tercera del Gobierno, Teresa Ribera, el Presidente de la FEMP ha asegurado que “estamos muy preparados para hacerlo y el ahorro será inmenso”; si se adoptan medidas para hacer energéticamente eficientes instalaciones como colegios, espacios deportivos, ámbitos administrativos, de los que “los Ayuntamientos tenemos docenas de miles de edificios”, se evitará “el consumo de grandes cantidades de energía” y el ahorro se podrá ver “también en las facturas”, ha asegurado Caballero.
A su juicio, hay una medida “que se puede tomar de forma inmediata y que ahorra el 80% de la energía: sustituir el alumbrado público incandescente por LED. Sólo se necesita comprar la bombilla y sustituirla y el ahorro es inmediato”. Por ello, ha propuesto que de los nuevos fondos que España va a recibir de Europa, alrededor de 8.000 millones, se dediquen cifras significativas a eficiencia energética desde los Ayuntamientos “porque podemos casi nosotros solos hacer todo el ahorro energético que necesita España”. El alumbrado público, ha insistido, “es el principal gasto de energía de un Ayuntamiento y esta actuación sería un paso importantísimo”.
En la CNAL de esta mañana, ha explicado Caballero, la Vicepresidenta Ribera ha informado a los representantes locales de la situación en el nivel internacional, de la situación de la energía derivada de la guerra de Putin y de los eventuales escenarios que pueden esperarse. Los Alcaldes y Alcaldesas, por su parte, han señalado que ya en el mes de mayo la FEMP elaboró un documento muy completo, aprobado por unanimidad en la Junta de Gobierno, que tiene que ver con medidas de aplicación inmediata, medidas a medio plazo y medidas a largo plazo, y que incluye cuestiones relacionadas con el urbanismo, las comunidades locales energéticas en las islas de calor, los espacios verdes y otras líneas de actuación, como la referida al ahorro de energía eléctrica en el alumbrado público y la reforma de edificios públicos para hacerlos energéticamente eficientes.
El Presidente de la Federación ha subrayado que los Gobiernos Locales “somos Estado y queremos contribuir, porque estamos recibiendo fondos europeos que vienen de otros países en forma importante y ahora esos otros países nos piden solidaridad en energía. Y tenemos que responder que sí, si no se entendería Europa”. Por eso “queremos participar en esto como Estado, con nuestro programa ya conocido y con las medidas que tenemos que tomar a partir de ahora.
En la CNAL, ha señalado Abel Caballero, también se han abordado cuestiones relacionadas con los fondos para transformación digital de Ayuntamientos, provenientes del Ministerio de Política Territorial, y se ha abierto un debate sobre la posibilidad de una charla en materia de ciberseguridad, de hacer planteamientos de ciberseguridad entre el Estado, con los ayuntamientos, con las comunidades autónomas en proyectos globales que después tengan singularización en cada ayuntamiento. “Nos dimos un mes de plazo en un mes, lo vamos a discutir y a tomar decisiones sobre ciberseguridad porque sabemos que vamos a ser objeto de ataques, y más habiendo una guerra. Tenemos que estar preparados para esto”, ha concluido.
Fuente: FEMP
RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2022, de la Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, por la que se convocan exámenes de acreditación de perfiles lingüísticos (BOPV 6/9/2022)
Jornada: ¿Cómo afecta la reforma laboral al empleo público local?
Organizan:
- ANEXPAL
- INSTITUTO DE DERECHO LOCAL - UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID
- AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS
Fecha:
27 de septiembre de 2022
De 11:30 a 13:30
Lugar:
Salón de Actos Valdelafuente
Ciudad Deportiva Valdelafuente
Calle de Manuel de Falla, 59
28100 - ALCOBENDAS (Madrid)
La reforma laboral del empleo público a debate
Por Luis Gordo González
La prestación de servicios, en el sector privado y público, en nuestro país ha estado marcada durante años por una temporalidad injustificada, frente a la que las instituciones europeas, muy señaladamente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, nos han llamado a actuar de forma decidida. Finalmente, el final del año 2021 fue el momento elegido por el legislador para tratar de alterar esa inercia a través de dos instrumentos.
En primer lugar, mediante la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, publicada en el BOE el 29 de diciembre. Esta Ley, resultado de la tramitación como Ley del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, pretende “reforzar el carácter temporal de la figura del personal interino; aclarar los procedimientos de acceso a la condición de personal interino; objetivar las causas de cese de este personal e implantar un régimen de responsabilidades que constituya un mecanismo proporcionado, eficaz y disuasorio de futuros incumplimientos que, además, permita clarificar cualquier vacío o duda interpretativa que la actual regulación haya podido generar”. En cualquier caso, las medidas puestas en marcha por estas normas eran incoherentes, porque a pesar de que el objetivo era reducir la temporalidad han ampliado en tres meses la duración máxima de los nombramientos del personal funcionario por exceso o acumulación de tareas. Se ha pasado, así, de los 6 meses en un periodo de referencia de 12, como el régimen previsto en el ET, a un plazo máximo de 9 meses en un periodo de referencia de 12. Asimismo, si las normas pretenden dar una respuesta urgente sorprende que los efectos de la medida estrella, la limitación de los contratos de interinidad por vacante a un periodo máximo de 3 años, solo tenga eficacia para los nombramientos suscritos a partir de la entrada en vigor de la norma (DT2ª RDL 14/2021). Es decir, que hasta el 8 de julio de 2024 no veremos los primeros efectos de esta medida.
Las medidas adoptadas en estas normas son, además, parciales porque se centran en la modificación del régimen del personal funcionario, modificando fundamentalmente el régimen jurídico aplicable al personal funcionario, de forma señalada el artículo 10 EBEP, sobre los funcionarios interinos, sin facilitar una solución adecuada para corregir la temporalidad laboral en las Administraciones, que en esta materia se rige por lo dispuesto en el ET. Por ello, es sumamente importante el segundo de los instrumentos aprobados a finales del año 2021. En concreto, el pasado 30 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. La célebre reforma laboral, que se convalidó con una mayoría parlamentaria inverosímil el pasado 3 de febrero en el Congreso de los Diputados, también tiene como uno de sus objetivos prioritarios combatir la temporalidad injustificada. Este loable y necesario objetivo ha sido alcanzado de forma rotunda en el sector privado. Así, durante el pasado mes de agosto se han registrado 506.731 contratos de carácter indefinido, cifra que supone el 39,47% del total de contratos. Este porcentaje es más de cuatro veces superior que el que se registraba antes de la reforma laboral. En cuanto al dato acumulado, este año se han firmado 4.474.581 contratos por tiempo indefinido hasta agosto de 2022, representando un ascenso de 3.233.189 (260,45%) sobre el mismo periodo del año 2021. Del total de contratos indefinidos, 1.039.157 son conversiones de contratos temporales a indefinidos.
Esta histórica reforma, como se ha apuntado, también afecta a todos los contratos laborales del sector público. No obstante, los resultados en dicho sector todavía no son equiparables al privado, pues el nuevo régimen jurídico diseñado por el RDL 32/2021 se ve condicionado por el respeto a los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y por otras restricciones y condicionantes de aplicación exclusiva a la Administración. Así, por poner solo algunos ejemplos, de la aplicación distorsionada de la reforma laboral en la Administración cabe citar su capacidad más limitada para sustituir contratos temporales por indefinidos. En este sentido, el RDL 32/2021 ha potenciado de forma decidida el contrato fijo discontinuo como alternativa más estable y menos precaria a la contratación temporal. Ello no plantea excesivos problemas en el sector privado, más allá del necesario cambio de cultura empresarial en la contratación, pero si supone retos importantes en el sector público, de forma especial en los entes
locales, cuyas políticas de contratación siguen limitadas por la tasa de reposición y por los largos procesos para seleccionar a personal permanente, que dificultan una rápida cobertura de las necesidades de personal. Por otra parte, la reforma laboral remite a la negociación colectiva sectorial el desarrollo y, en algunos casos, el establecimiento de controles a la contratación temporal e indefinida. Estas medidas, sin embargo, no resultan de aplicación a la Administración, que no queda vinculada por los convenios colectivos sectoriales (STS de 13/10/2020 ECLI:ES:TS:2020:3488). Ello rompe con equilibrios necesarios de la reforma, que sí se están presentes en el sector privado y dificultarán el desarrollo normal de las relaciones laborales en la Administración. También es incierto cómo podrán las Administraciones cubrir de forma ágil los puestos de trabajo que hasta ahora cubrían a través de contratos de obra o servicio o si se pueden seguir desarrollando despidos objetivos y colectivos en la Administración, tras la derogación de la DA 16ª ET.
Todos estos interrogantes y otros más serán analizados en una Jornada sobre ¿cómo afecta la reforma laboral al empleo público local? organizada por la Asociación Nacional de Responsables, Expertas y Expertos en gestión de personas en la Administración Local (ANEXPAL), que se celebrará el próximo día 27 de septiembre a las 11:30h en el Salón de Actos Valdelafuente, Ciudad Deportiva Valdelafuente (Calle de Manuel de Falla, 59, Alcobendas). Os animamos a asistir a la jornada, para lo que es necesario inscribirse en el siguiente enlace.
Fuente: Instituto de Derecho Local
RESOLUCIÓN de 19 de agosto de 2022, de la Directora del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se convocan tres cursos de formación correspondiente al Plan de Formación para el Empleo del Instituto Aragonés de Administración Pública destinado a personal de entidades locales de Aragón, del año 2022 (BOA 1/9/2022)