ISSN: 2695-4621
Por FRANCISCO SOSA WAGNER, Catedrático de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de León.
Hubo un tiempo -en el mismo siglo XX- en que el Derecho administrativo era el horror de los estudiantes porque ciertamente su estudio se asemejaba al empeño de aprenderse un listín telefónico. Camilo José Cela evoca con saña en sus novelas su estudio haciéndole una mala propaganda. Y es que en las explicaciones tradicionales de esta asignatura se amontonaban centenares de preceptos legales y de citas de autores como cadáveres a medio sepultar. No es extraño por ello que su imagen fuera sinónimo de memoria mal asimilada y de unos conocimientos al alcance tan solo de oscuros funcionarios atrincherados tras los sacos terreros de arcanos reglamentos y misteriosas circulares.
García de Enterría, cabeza bien repleta de lecturas, serio en lo hondo, riguroso en el decir, muy divertido en el trato diario, dirige su buena pluma precisamente a acabar con esa fama y para ello construye un Derecho administrativo que cobra, por primera vez, unidad, método propio e interna armonía. Pero sobre todo gana aliento de vida, de la vida que son capaces de fecundar las dos grandes ideas que recorren su obra entera: la de dotar a España de una Administración moderna y la de realzar el formidable instrumento defensivo que a disposición de los ciudadanos el Ordenamiento jurídico-administrativo encierra.
Eran tiempos duros los años cincuenta. España ha salido de una guerra civil, las libertades públicas han sido fulminadas, la Administración es presa de los vencedores... Es en este tenebroso paisaje donde un joven letrado del Consejo de Estado y ya prestigioso catedrático, se atreve a mostrar un horizonte que puede ser luminoso y aporta su esfuerzo intelectual para alcanzarlo. La Administración no debe ser un botín del vencedor (ahí están sus denuncias del parasitismo y del prebendalismo en la Administración, tan actuales por cierto), es por el contrario una organización al servicio del ciudadano; éste, por su parte, debe contar con armas de defensa y son los juristas quienes están llamados a ponerlas, abrillantadas, en orden de combate. García de Enterría, consciente de que la dictadura no permitiría la defensa de las libertades, entendida en el sentido que es propio de los regímenes constitucionales, dirigirá el punto de mira hacia el refuerzo del control jurisdiccional de la Administración pública. No es aventurado afirmar que la generalidad con que hoy se concibe la fiscalización ejercida por los Tribunales de justicia sobre el actuar de las Administraciones públicas tiene su inequívoco punto de partida en los trabajos pioneros de García de Enterría. Para esta tarea fue fundamental el conocimiento de lo que se estaba escribiendo en Alemania en aquellos años. Enterría se hace con el idioma y se preocupa de enseñar a sus jóvenes discípulos el camino hacia Rin, tal fue precisamente mi caso, cambiando por completo mi forma de enfrentarme al derecho y al estudio.
Si es admirable esta lucidez temprana, todavía es más sorprendente la misma lucidez, ya en la madurez alta (como diría Aleixandre) cuando ha de enfrentarse a los cambios más espectaculares vividos por los españoles en los últimos años: la aprobación de la Constitución, la instauración del Estado de las autonomías y la incorporación de España a Europa. En todos estos acontecimientos, de tan grande repercusión, estará presente García de Enterría, cuyo pensamiento, pasmosamente fácil y seguro, ha ayudado en no pocas ocasiones a los poderes públicos a resolver problemas vitales para nuestra convivencia. Hay artículos enteros de nuestra Constitución que están redactados por él y lo mismo se puede decir de su intervención en decenas y decenas de leyes, entre las que es preciso citar las de expropiación forzosa, la de la jurisdicción contencioso-administrativa y la reguladora del funcionamiento del Tribunal Constitucional.
Cuando la Real Academia Española le admitió entre sus miembros, se reconoció oficialmente la galanura y la belleza con que ha sabido vestir el áspero lenguaje jurídico. Porque, como gran aficionado que es a la lectura poética -fue especialista en Borges-, tiene García de Enterría algo del encantador que trueca el guijarro que muchas veces es la palabra de la ley en apreciables joyas. Enterría, lebaniego sano y arrojado montañero, de perspicaz mirada y de conducta invariablemente generosa, ha sido sin duda el gran caballero de la Jurisprudencia española.
30-12-2025
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