ISSN: 2695-4621
El Tribunal Constitucional ha precisado que los llamados concejales delegados deben cesar en estos cargos de inmediato, una vez notificada la sentencia que declaró inconstitucional esa figura, dictada el pasado 25 de abril.
En un auto aprobado esta mañana, el TC ha rechazado la petición de aclaración presentada por la Abogacía del Estado y con la que se pretendía que quienes fueron nombrados miembros no electos de las Juntas de Gobierno local antes de esa sentencia pudieran seguir ejerciendo sus cargos hasta la finalización del mandato.
El TC niega esta posibilidad y explica que la sentencia, en aplicación del principio de seguridad jurídica, salvó la legalidad de los acuerdos adoptados por las Juntas de Gobierno con el voto de los concejales no electos así como los acuerdos tomados por éstos por delegación de la Junta, "pero sólo hasta la publicación de la sentencia", indica.
"Los actos que adopte la Junta de Gobierno local a partir de la publicación de la sentencia y los que se dicten a partir de entonces por delegación en sus miembros no son, como pretende el abogado del Estado, situaciones jurídicas preexistentes sino nuevas situaciones jurídicas sobre las que la declaración de inconstitucionalidad y nulidad despliega todos sus efectos", explica.
A partir de su declaración de inconstitucionalidad, las Juntas de Gobierno municipales "han de estar formadas únicamente por concejales electos" y sus acuerdos no será válidos si continúan integrados en ellas los concejales delegados, añade la resolución.
Fuente: El Mundo
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