ISSN: 2695-4621
El maremoto implacable en que se ha convertido la jurisprudencia sobre anulación de planes se ha cobrado una nueva víctima. La Sentencia del TSJ de la Comunidad de Madrid de 19 de abril de 2017 ha anulado el Plan General de Boadilla del Monte por no contener el procedimiento informe de género, que la Sala considera preceptivo.
Dos consideraciones se imponen en este comentario de urgencia. La primera es si hay base normativa suficiente para entender que un plan aprobado definitivamente el 20 de octubre de 2015 requería de tal informe preceptivo. La segunda, de carácter más general, es si tiene sentido decretar la nulidad general de un plan por carecer de dicho informe. Seguir leyendo aquí
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