CONCEJALES: Derecho del concejal no adscrito a participar en todas las con todos los derechos: voz, voto y con derecho al cobro de las asistencias por concurrencia a las comisiones.

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Ávila. Número Recurso: 204/2016. Ponente: María Isabel Jiménez Sánchez

Fecha: 13/2/2017

 

SENTENCIA

En Ávila, a trece de Febrero del año dos mil diecisiete.

Dª Mª ISABEL JIMENEZ SANCHEZ, Magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Ávila, ha visto los autos del recurso contencioso-administrativo registrado con el nº 204/2016, sustanciado por los trámites del Procedimiento especial para la Protección de los Derechos Fundamentales de la Persona, interpuesto por la Procuradora Sra. González Bermejo, en representación de Dª Belinda, defendido por la Letrada Sra. Hernández de la Torre Benzal, en el que se impugna el Acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Piedralaves (Ávila), de fecha 10 de Octubre de 2016, en lo referente al régimen de Concejal no adscrito, denegando a la recurrente la posibilidad de estar en todas las Comisiones Informativas del citado Ayuntamiento con voz y voto, habiendo comparecido como parte demandada el AYUNTAMIENTO DE PIEDRALAVES (AVILA), representada por la Procuradora Sra. Porras Pombo y defendido por el Letrado Sr. Hernández Jiménez, siendo parte igualmente en el presente procedimiento el Ministerio Fiscal.

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