ISSN: 2695-4621
A la reunión, que tuvo lugar ayer, asistió también por parte de la IGAE Mercedes Vega García, Subdirectora General de Estudios y Coordinación. Por parte de COSITAL asistieron, José Luis Pérez López, Presidente de COSITAL; Pilar Ortega Jiménez, Presidenta de Comisión de Control de la comisión ejecutiva.
Tras el reciente nombramiento del Interventor General se hacía imprescindible una reunión para dar continuidad a la línea de colaboración que se venía manteniendo con la anterior Interventora General. Especialmente importante es en estos momentos la aplicación y desarrollo del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en el Sector Público Local, que entró en vigor el pasado 1 de julio, y cuya responsabilidad de implantación recae en los Interventores Locales, colectivo al que representa este Consejo General.
Por parte del Consejo General se trasladaron los acuerdos recientemente adoptados sobre el Proyecto de Control Interno, cuyo objetivo más inmediato a corto plazo es la puesta a disposición de los compañeros de herramientas definir un modelo de control interno a aplicar cada una de las organizaciones en las que prestan servicios, incluyendo -en la medida de lo posible- modelos de expedientes, y con especial atención a los municipios de menos de 5.000 habitantes. Para estos municipios el propio Real Decreto prevé un modelo simplificado, por lo tanto, debería ser también posible realizar un análisis de riesgos más sencillo, a la vista de que la estructura organizativa se agota muchas veces en el propio habilitado.
También se solicitó la modificación de la Disposición Adicional Tercera de la Ley de Contratos del Sector Público, para que las referencias a la comprobación material de la inversión se maticen en los mismos términos en los que la realiza la IGAE, y no con el régimen de generalidad que allí aparece, asimilándola al régimen de comprobación estatal, ya que la definición funcional de la Ley General Presupuestaria y la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se realizan en idénticos términos, y por lo tanto la Ley de Contratos del Sector Público, no debe imponer un ámbito superior al control Local al del Estatal.
Se dio traslado de una propuesta de adaptación de la normativa estatal para dar cumplimiento al mandato del artículo 13 RDCIEL, y determinar los extremos que se considerarán, en todo caso, trascendentes en el proceso de gestión con respecto al ejercicio de la función interventora, en los supuestos que sean de aplicación a las Entidades Locales, que deberán comprobarse por el habilitado que ejerza la función interventora, independientemente de su régimen, funcionando como el mínimo de actuaciones cuya revisión ha de realizarse, en cada tipo de expediente.
Además, se trasladaron una nueva serie de consultas, cuya contestación se publicarán en nuestros canales habituales de comunicación en cuanto sean recibidas.
La IGAE por su parte reiteró el deseo de continuar en la misma línea de colaboración, mediante acciones formativas, publicaciones conjuntas y la resolución de consultas. Finalmente el Interventor General anunció a COSITAL que es previsible que la adaptación del Acuerdo por el que se aprueban los requisitos esenciales para el ejercicio de la función interventora limitada sea aprobada en el Consejo de Ministros de la próxima semana.
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